Es la nuestra una asociación sin ánimo de lucro que se constituyó el día 12 de enero de 1995 y que tiene por objeto esencial promover el desarrollo del territorio del Macizo del Caroig apoyándose en el concurso, participación y colaboración de todos los agentes públicos y privados que intervienen en los procesos de desarrollo económico, sociocultural y medioambiental. Desde su nacimiento, la asociación apostó firmemente por las ventajas de agrupar esfuerzos en un medio con múltiples dificultades, pero a la vez con enormes potencialidades, como es el medio rural. Entre otras actuaciones, ha gestionado las Iniciativas Comunitarias LEADER II (1996/2001), EQUAL ANTICIPACIÓN (2002-2004) y actualmente LEADER PLUS (2002-2008) y también EQUAL IDEA (2006-2008).
La asociación esta integrada por socios de carácter público -Ayuntamientos y Excma. Diputación- y privado -asociaciones culturales, de defensa del patrimonio cultural y natural, de promoción turística, fundaciones sociales y de formación, federación de cooperativas, sindicatos, asociaciones de empresarios, organizaciones profesionales agrarias, sociedades de agricultura ecológica, etc.- de las comarcas de La Canal, La Costera, La Ribera Alta y La Hoya de Buñol.
El Grupo de Acción Local del Macizo del Caroig es algo más que el organismo gestor de estas iniciativas europeas. En un territorio donde, tradicionalmente, el asociacionismo no ha sido un punto fuerte, se ha logrado constituir, entre todos, un grupo bien estructurado en su composición. Una asociación sólida y asentada, definida por su alto grado de consenso en las actuaciones que ha emprendido para configurarse como un importante motor del desarrollo de los municipios del Macizo del Caroig.
La asociación tiene los siguientes fines:
1. Promover el desarrollo rural en su conjunto , entendiendo como tal la necesidad de políticas de Desarrollo Rural Sostenible que integren los aspectos económicos, sociales y medioambientales, a favor de la mejora del bienestar de la población del medio rural del Macizo del Caroig, garantizando la calidad del entorno y la actividad existente en el mismo.
2. Valorizar y facilitar la convergencia de las acciones de los agentes económicos, sociales y entidades locales, en la coordinación y gestión de iniciativas comunitarias o programas de desarrollo rural.
3. Promover y fomentar medidas y sinergias que faciliten el desarrollo del medio rural de forma integral. Sin ánimo de limitar, se incluyen:4. Cualquier otra finalidad que contribuya al desarrollo integral de los municipios del Macizo del Caroig.
1. Los Socios
Según los Estatutos de la asociación:
Art.5. - Podrán formar parte de la asociación todas las corporaciones locales de la zona, así como las personas jurídicas englobadas como asociaciones sin ánimo de lucro enmarcadas en los llamados agentes sociales y económicos y las agrupaciones de empresas que fomenten o propicien actividades económicas de carácter cooperativo o de economía social.
Dentro de los agentes sociales y económicos se podrán englobar a los sindicatos, agrupaciones de empresarios y asociaciones que fomenten la promoción socioeconómica de la zona, en función del criterio de representatividad en la zona de actuación.
Las agrupaciones de empresas que fomenten o propicien actividades de carácter cooperativo o de economía social, deberán formar parte de los sectores económicos más representativos de la zona de actuación.
Actualmente, la asociación esta formada por 44 socios:
Municipios: Dos Aguas, Millares, Bicorp, Quesa, Navarres, Bolbaite, Chella, Anna, Estubeny, Enguera, Sumacarcer, Tous, Beneixida, Carcer, Alcantera de Xuquer, Cotes, Sellent, Gavarda, Antella, Montesa, Vallada, Moixent y Fuente la Higuera.
Agentes socioeconómicos y culturales: Cooperativa Agraria de 2º VALSUR, UTECO, Unió de Llauradors-(COAG), Unión Pequeños Agricultores, Asociación Valenciana de Agricultores (ASAJA), Sociedad de Agricultura Ecológica, Asociación Empresarios de la Canal, TURCAROIG, Asociación de Productores de Flor Cortada, FOREM, PREMSA, CCOO, UGT, Confederación Empresarial Valenciana, Federación de Empresas de Economía Social, ADENE, Fundación Javier Simón, Amigos de Enguera, Amics de les Tradicions de la Font de la Figuera, y Amics del Castell de Montesa.
Administraciones: Excma. Diputación de Valencia
2. La Asamblea
Art. 9. - La Asamblea General es el órgano supremo de la asociación. Sus miembros forman parte de ella por derecho propio irrenunciable y en igualdad absoluta.
Los miembros de la asociación, reunidos en Asamblea General, legalmente constituida, deciden por mayoría los asuntos propios de la competencia de la Asamblea.
Todos los miembros quedarán sujetos a los acuerdos de la Asamblea General, incluso los ausentes, los disidentes y los que, aún estando presentes, se hayan abstenido de votar.
Art. 10. - La Asamblea General tiene las siguientes facultades:
a) Modificar los Estatutos de la asociación.
b) Adoptar los acuerdos relativos a la representación legal, gestión y defensa de los intereses de sus miembros.
c) Controlar la actividad y gestión de la Junta Directiva.
d) Aprobar los presupuestos anuales de ingresos y gastos y la memoria anual de actividades.
e) Elegir los miembros de la Junta Directiva, así como destituirlos y sustituirlos.
f) Establecer las líneas generales de actuación que permitan a la asociación cumplir sus fines.
g) Fijar las obligaciones que los miembros de la asociación tengan que satisfacer.
h) Disolver y liquidar la asociación.
La relación de las facultades indicadas en este artículo tiene un carácter meramente enunciativo y no supone ninguna limitación a las amplias atribuciones de la Asamblea General.
3. La Junta Directiva
Art. 15. - La asociación la regirá, administrará y representará la Junta Directiva formada por: el Presidente de la misma, el Vicepresidente, el Secretario, el Tesorero y los vocales.
La elección y nombramiento de los miembros de la Junta Directiva corresponderá a la Asamblea General de entre sus componentes debiendo, en todo caso, no ser el número de representantes de colectivos de carácter social, económico y cultural electos inferior a la mitad de los que la integren.
La Junta Directiva estará compuesta por catorce miembros, siete representantes de las Corporaciones Locales de ámbito municipal, elegidos entre los socios representantes de entidades de carácter público, y siete por representantes de entidades socias de carácter social, económico, cultural, igualmente elegidos entre los socios de su condición.
También integrará la Junta Directiva un representante de la Diputación Provincial con voz pero sin voto.
La participación de los socios de carácter no público en la Junta Directiva deberá responder a la siguiente distribución representativa del sector en el que se encuadre preferentemente su actividad:
- Tres representantes del sector socioeconómico agrario, entendiendo por tal aquél que engloba entes, de cualquier naturaleza jurídica, cuyo ámbito principal de actuación esté relacionado con el sector agrícola. - Tres representantes del sector socioeconómico industrial y/o de servicios, entendiendo por tal aquél que engloba entes, de cualquier naturaleza jurídica, cuyo ámbito principal de actuación esté relacionado con el sector industria-servicios. - Un representante del sector sociocultural, entendiendo por tal aquél que engloba entes, de cualquier naturaleza jurídica, cuyo ámbito principal de actuación este relacionado la promoción cultural, deportiva, educacional, medioambiental o de bienestar social general. A cada uno de los catorce miembros de la Junta Directiva, públicos o privados, se les asigna, por igual, un voto.Los cargos de Presidente, Vicepresidente, Secretario y Tesorero son elegidos por la Asamblea General, en función del mayor número de votos obtenidos y habrán de recaer en cuatro personas diferentes, pudiendo optar a ellos cualquiera de los asociados, sea cual fuera su condición de público o privado.
Art. 16. - Los miembros de la Junta Directiva ejercerán el cargo durante un período de cuatro años y podrán ser reelegidos consecutivamente, sin límite de períodos de mandato.
El Presidente de la asociación podrá ser reelegido de forma consecutiva por sucesivos períodos.
El cese en el cargo antes de extinguirse el término reglamentario podrá deberse a: dimisión voluntaria presentada mediante escrito en el que se razonen los motivos, enfermedad que incapacite para el ejercicio del cargo, baja como miembro de la asociación, sanción impuesta por una falta cometida en el ejercicio del cargo. En este último caso, será necesaria la mayoría a que hace referencia el Art. 14.
Las vacantes que se produzcan en la Junta Directiva se cubrirán en la primera Asamblea General que se celebre. No obstante, la Junta podrá contar, provisionalmente, hasta la próxima Asamblea General, con un miembro de la asociación para el cargo vacante.
Art. 17. - La Junta Directiva posee las facultades siguientes:
a) Ostentar y ejercitar la representación de la asociación y llevar a término la dirección y la administración de la manera más amplia que reconozca la ley y cumplir las decisiones tomadas por la Asamblea General, y de acuerdo con las normas, las instrucciones y las directrices generales que esta Asamblea General establezca.
b) Tomar los acuerdos necesarios para la comparecencia ante los organismos públicos, para el ejercicio de toda clase de acciones legales y para interponer los recursos pertinentes.
c) Proponer a la Asamblea General el establecimiento de las cuotas que los miembros de la Asociación tengan que satisfacer.
d) Convocar las Asambleas Generales y controlar que los acuerdos que allí se adopten, se cumplan.
e) Presentar el balance y el estado de cuentas, de cada ejercicio a la Asamblea General para que los apruebe, y confeccionar los presupuestos del ejercicio siguiente.
f) Elaborar la memoria anual de actividades y someterla a la aprobación de la Asamblea General.
g) Inspeccionar la contabilidad y preocuparse de que los servicios funcionen con normalidad.
h) Establecer grupos de trabajo para conseguir, de manera más eficiente y eficaz, los fines de la asociación, autorizar los actos que estos grupos proyecten realizar.
Para el desarrollo y gestión de los programas e iniciativas de desarrollo económico, social o cultural de la UE. o de otras instituciones, se creará el grupo especial de trabajo "Grupo de Acción Local", que será un grupo abierto a personas físicas, jurídicas, organizaciones e instituciones interesadas y vinculadas al desarrollo integral de la comarca.
i) Nombrar el vocal de la Junta Directiva, que se haya de encargar de cada grupo de trabajo, a propuesta del mismo.
j) Realizar las gestiones necesarias ante los organismos públicos, entidades y otras personas para conseguir subvenciones u otras ayudas, el uso de locales o edificios que puedan llegar a ser lugar de convivencia y comunicación y también un centro de recuperación ciudadana.
k) Abrir cuentas corrientes y libretas de ahorros en cualquier establecimiento de crédito de ahorro y disponer de los fondos que haya en estos depósitos. La disposición de fondos se determina en el artículo 31.
l) Resolver provisionalmente cualquier caso imprevisto en los Estatutos presentes y dar cuenta de ello en la primera Asamblea General.
m) Cualquier otra facultad que no esté atribuida de una manera específica a algún órgano de gobierno de la asociación o que se delegue expresamente en la Junta Directiva.
Actualmente, integran la Junta Directiva los siguientes miembros:
PRESIDENTE: Don Santiago Arévalo Llacer. Alcalde del Ayuntamiento de Enguera.
VICEPRESIDENTE: Don Joan Martorell Briz. Presidente de la SAEM.
SECRETARIO: Don Pablo Seguí Granero. Alcalde del Ayuntamiento de Chella.
TESORERO: Don Pedro Brígido Cantador. Representante de CCOO.
4. La Oficina Técnica de Gestión
a) Gerencia
Está integrada por el Gerente y sus funciones son las de coordinar e impulsar las responsabilidades de dirección, gestión y desarrollo del programa a través de la OTG.
b) Responsable administrativo-financiero
Corresponden a la Entidad Local de Anna. Y se realizan a través de un Interventor Habilitado Nacional de Ayuntamiento. Sus funciones son las de asegurar la correcta utilización de los fondos comunitarios, de acuerdo con lo señalado a este efecto en el régimen de ayudas aprobado para la Iniciativa LEADER PLUS.
c) Unidad administrativa
Desarrolla funciones de registro, seguimiento, finalización y archivo de los expedientes; información con el Organismo Intermediario y otras Administraciones Públicas; contabilidad general; control y gestión interna; información y recepción, etc.
d) Unidad de promoción y desarrollo
Desarrolla funciones de información, promoción y valoración de cuantos proyectos puedan ser auxiliados por las Iniciativas Comunitarias; asesoramiento técnico en la organización y gestión de actividades productivas y no productivas (turismo rural, PYMES, agricultura, medio ambiente y entorno, acciones transnacionales, etc.); desarrollo de iniciativas y ayudas de las diferentes administraciones públicas.
e) Unidad técnica y asesoramiento
Control y seguimiento de los proyectos auxiliables; verificación de inicio y conclusión de proyectos; comprobación de documentos de pago y proyectos; informes técnicos sobre proyectos y elaboración de certificaciones; asesoramiento legal; apoyo técnico al medio rural; informes especializados sobre las medidas que componen las Iniciativas.
Los miembros de la OTG-Macizo del Caroig son:
GERENTE: Josep Tortosa Peiró.
RESPONSABLE ADMINISTRATIVO-FINANCIERO: José Luis Juan Pinter.
TÉCNICO: Vicente Abad Navalón.
TÉCNICO: Javier Martínez Bausa.
ADMINISTRATIVO: Reme Seguí Granero.
Art. 4. - El domicilio de la asociación se establece en la Plaza Manuel Tolsá, s/n. 46810- Enguera-Valencia.
El ámbito y la expresión de ésta comprenden las comarcas naturales del Cañón del Júcar, la Canal de Navarrés y Valle de Montesa, siendo ampliable por razones de excepcional interés, siendo su ámbito territorial provincial.".
Actualmente la asociación abarca una extensión territorial de 1.385 km2, con con 39.361 habitantes, y una densidad de 28,42 hab/km2. Comprende un total de 23 municipios , pertenecientes a cuatro comarcas naturales: Comarca de La Canal de Navarrés, La Ribera Alta, La Costera y La Hoya de Buñol.
ASOCIACIÓN PARA LA PROMOCIÓN SOCIOECONÓMICA DE LOS MUNICIPIOS DEL MACIZO DEL CAROIG
Plaza Manuel Tolsá, s/n.
46810- Enguera-Valencia (España)
Tels.: +34 96 222 48 16 y +34 96 222 47 60
Fax: +34 96 222 40 73
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